Artículo 14
Reglamento de la Ley de Migraciones · Decreto N.º 394/009
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Cuando al extranjero para ingresar al país le sea exigida visa consular, el ingreso al territorio nacional deberá efectivizarse en un plazo máximo de sesenta días a partir de su otorgamiento.