Artículo 12
Reglamento de la Ley de Migraciones · Decreto N.º 394/009
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Los estudiantes, becarios y pasantes que sean considerados dentro de la categoría de residente temporario serán aquellos que participen en programas oficiales, gubernamentales de intercambio o de instituciones habilitadas o autorizadas por los organismos oficiales correspondientes.