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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 18

Reglamentación de la Ley 19.574 para los sujetos obligados no financieros · Decreto N.º 379/018

Texto vigente al 13 de septiembre de 2026

Capacitaciones. Los sujetos obligados dentro de los límites establecidos en el artículo 13 de la Ley N° 19.574, de 20 de diciembre de 2017, que tengan personal a su cargo, deberán capacitar periódicamente al personal que participa en las actividades u operaciones establecidas en el artículo 13 de la precitada ley, de modo que les permita conocer la normativa en la materia, reconocer las operaciones que puedan estar relacionadas con el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva y la forma de proceder en cada situación.

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