Artículo 72 BIS · Artículo 72-BIS
Reglamento del IVA · Decreto N.º 220/998
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Materiales para la construcción de Paneles Solares.- La importación de los bienes destinados a integrar directamente el costo de los paneles solares para la generación de energía fotovoltaica, a que refiere el literal S) del numeral 1) del artículo 19 del Título que se reglamenta estará exenta del Impuesto al Valor Agregado.
A estos efectos los importadores deberán contar con el certificado de necesidad que expida la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería. (*)