Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 61

Reglamento del IVA · Decreto N.º 220/998

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Contratos de seguros y reaseguros.- Están exonerados del Impuesto al Valor Agregado los contratos de seguros o reaseguros relativos a los riesgos de muerte, vejez, invalidez, enfermedades y lesiones personales, siempre que la entidad aseguradora o reaseguradora en su caso, se encuentre autorizada a operar de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 16.426 de 14 de octubre de 1993.

← Artículo 60 Ver en la norma completa Artículo 62 →