Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 35

Reglamento del IVA · Decreto N.º 220/998

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Suministro de repuestos, materiales y partes en el Puerto de Montevideo.- El suministro de repuestos, materiales y partes de sistemas trasbordadores a que se refiere el Decreto Nº 463/985 de 30 de agosto de 1985, se encuentra exento del pago de este tributo por ser bienes destinados al consumo de buques, de acuerdo con las disposiciones del decreto antes citado.

← Artículo 34 Ver en la norma completa Artículo 36 →