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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 5

Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Rentas asimiladas a empresariales.- A los efectos dispuestos por el literal B del artículo 4º del Título que se reglamenta, se entenderá que las enajenaciones o promesas de venta realizadas en el mismo acto al mismo adquirente o promitente comprador, constituyen una sola venta.

Las disposiciones de este artículo no regirán para los contribuyentes que realicen la venta de inmuebles que integraban su activo comercial, industrial o agropecuario, para los cuales se aplicarán las normas generales del impuesto que se reglamenta. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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