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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 16 · Naturaleza de la renta atribuida

Reglamento del IRNR · Decreto N.º 149/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Naturaleza de la renta atribuida).- Las rentas de las entidades no residentes en régimen de atribución de rentas a que refiere el artículo anterior, mantendrán la naturaleza derivada de la actividad o fuente de donde procedan.

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