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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 8 · Rendimientos del capital

Reglamento del IRPF · Decreto N.º 148/007

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

CAPÍTULO II - RENTAS DE LA CATEGORIA I (RENDIMIENTOS DE CAPITAL, INCREMENTOS PATRIMONIALES Y RENTAS IMPUTADAS) › SECCIÓN I - RENDIMIENTOS DE CAPITAL

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Rendimientos del capital).- Constituyen rendimientos del capital, incluidos en la categoría 1 del Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas, las rentas en dinero o en especie, que provengan directa o indirectamente de elementos patrimoniales, bienes o derechos, cuya titularidad corresponda al contribuyente, siempre que los mismos no se hallen afectados a la obtención por parte de dicho sujeto de las rentas comprendidas en los impuestos a las Rentas de las Actividades Económicas, a las Rentas de los No Residentes, así como de ingresos comprendidos en el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios.

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