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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 257

Constitución de la República · Texto de 1967 con las reformas plebiscitadas

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

A la Suprema Corte de Justicia le compete el conocimiento y la resolución originaria y exclusiva en la materia; y deberá pronunciarse con los requisitos de las sentencias definitivas. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 260.
  • Ver: Disposiciones Transitorias y Especiales de la Constitución de la.
  • República letra V').

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