Artículo 191
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Las tres partes del certificado-guía contendrán iguales datos, los que serán escritos con toda claridad y con las enmendaturas salvadas.
No es permitido juntar en una sola línea horizontal ganados o frutos de distintas procedencias de propiedad, ni animales de distintos sexo o clasificación, con excepción de las tropas cuya denominación es conocida por ganado de cría.