Artículo 207
Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Obligación de la persona requerida). Quien tenga en su poder la correspondencia requerida está obligado a entregarla inmediatamente al fiscal, salvo que invoque causa legítima para no hacerlo, en cuyo caso se estará a la decisión del tribunal.