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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 181

Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

LIBRO I DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO VI - DE LA PRUEBA › CAPÍTULO II - MEDIOS DE PRUEBA › SECCIÓN VII - DE LA PRUEBA PERICIAL

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Honorarios del perito). Los peritos designados a solicitud de las partes tendrán derecho a cobrar honorarios salvo que actúen como funcionarios públicos en cumplimiento de su función. Si la designación fuera efectuada a solicitud del Ministerio Público o de la defensa pública, los honorarios serán de cargo del Estado a través del órgano jerarca del solicitante.

Notas

  • Ver en esta norma, artículos: 279 y 403 (vigencia).

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