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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 224 BIS · Artículo 224-BIS

Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

El que para provecho propio o de un tercero realice cualquier modalidad de conexión en forma clandestina a la red pública de alcantarillado, sea de vertimiento de aguas servidas o pluviales, será castigado con una pena de tres a veinticuatro meses de prisión. Constituyen circunstancias agravantes y la pena será aumentada de un tercio a la mitad:

A) Si la conducta se realiza mediante la producción de un

daño a la red existente.

B) Si la conducta ocasionare un perjuicio o perturbación del

servicio a otros usuarios.

C) Cuando el agente reviste la calidad de funcionario o

exfuncionario de la Administración de las Obras Sanitarias

del Estado o de la Intendencia de Montevideo relacionada a

la actividad. (*)

Notas

  • Agregado/s por: Ley Nº 18.840 de 23/11/2011 artículo 13.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 18.840 · 23/11/2011

El que para provecho propio o de un tercero realice cualquier modalidad de conexión en forma clandestina a la red pública de alcantarillado, sea de vertimiento de aguas servidas o pluviales, será castigado con una pena de tres a veinticuatro meses de prisión. Constituyen circunstancias agravantes y la pena será aumentada de un tercio a la mitad:

A) Si la conducta se realiza mediante la producción de un

daño a la red existente.

B) Si la conducta ocasionare un perjuicio o perturbación del

servicio a otros usuarios.

C) Cuando el agente reviste la calidad de funcionario o

exfuncionario de la Administración de las Obras Sanitarias

del Estado o de la Intendencia de Montevideo relacionada a

la actividad. (*)

Anterior Texto original Norma · 04/12/1933

(Violación de las disposiciones sanitarias)

El que violare las disposiciones publicadas por la autoridad competente para impedir la invasión de una enfermedad epidémica o contagiosa, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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