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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 211

Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Incendio y estrago culpables)

El incendio y el estrago culpables, serán castigados con seis meses de prisión a seis años de penitenciaría.

Constituye una circunstancia agravante de este delito, la circunstancia de que del hecho resulte la muerte o la lesión de varias personas.

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