Artículo 197
Código Penal · Aprobado por Ley N.º 9.155 de 1933
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Encubrimiento)
El particular o funcionario que, después de haberse cometido un delito y sin concierto previo a su ejecución con los autores, coautores o cómplices, aunque éstos fueren inimputables, los ayudaren a asegurar el beneficio o el resultado del delito, a estorbar las investigaciones de las autoridades, a sustraerse a la persecución de la justicia o a eludir su castigo, así como el que suprimiere, ocultare o de cualquier manera alterare los indicios de un delito, los efectos que de él provinieren o los instrumentos con que se hubiere ejecutado, será castigado con pena de tres meses de prisión a diez años de penitenciaría. (*)
Notas
Versiones de este artículo
(Encubrimiento)
El particular o funcionario que, después de haberse cometido un delito y sin concierto previo a su ejecución con los autores, coautores o cómplices, aunque éstos fueren inimputables, los ayudaren a asegurar el beneficio o el resultado del delito, a estorbar las investigaciones de las autoridades, a sustraerse a la persecución de la justicia o a eludir su castigo, así como el que suprimiere, ocultare o de cualquier manera alterare los indicios de un delito, los efectos que de él provinieren o los instrumentos con que se hubiere ejecutado, será castigado con pena de tres meses de prisión a diez años de penitenciaría. (*)
(Encubrimiento)
El particular o funcionario que, después de haberse cometido un delito, sin concierto previo a su ejecución, con los autores, o los cómplices, aunque éstos fueran inimputables, los ayudare a asegurar el beneficio o el resultado, a estorbar las investigaciones de las autoridades, a sustraerse a la persecución de la justicia o a eludir el castigo, así como el que suprimiere, ocultare o de cualquier manera alterare los indicios de un delito, los efectos que de él provinieren, o los instrumentos con que se ejecutó, con o sin provecho personal, en todos los casos, será castigado con la tercera parte a la mitad de la pena establecida para el delito.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.