Artículo 84
Código de Minería · Aprobado por Decreto-Ley N.º 15.242 de 1982
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
En la convocatoria de propuestas prevista por el artículo 82, el Poder Ejecutivo podrá establecer, como condición de preferencia o como condición de aceptación, que el proponente participe en una empresa de economía mixta. (*)