Artículo 83
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Todo comerciante que contrata por cuenta ajena, está obligado a rendir cuenta instruída y documentada de su comisión o gestión.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Todo comerciante que contrata por cuenta ajena, está obligado a rendir cuenta instruída y documentada de su comisión o gestión.