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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 776

Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La inscripción de la hipoteca deberá contener: 1. El nombre, apellido y domicilio del acreedor, y las mismas designaciones relativamente al deudor y a los que en representación del uno o del otro requieran la inscripción. 2. La fecha y la naturaleza del contrato a que acceda la hipoteca y el archivo en que se encuentre. 3. La situación de la finca hipotecada y sus linderos (o si es nave, las designaciones específicas de ella). 4. La suma determinada a que se extiende la hipoteca. 5. La fecha de la inscripción y la firma del escribano encargado del Registro de Hipotecas.

Notas

  • CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2334.

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