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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 721

Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO XI - DEL DEPOSITO

Para que el depósito sea considerado mercantil, es necesario: 1. Que sean comerciantes ambos contrayentes. 2. Que las cosas depositadas sean objetos del comercio. 3. Que se haga el depósito a consecuencia de una operación mercantil.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 765.

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