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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 671

Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Las sociedades de seguros mutuos son regidas por sus estatutos y reglamentos, y en caso de insuficiencia por las disposiciones de este Código.

Les es especialmente aplicable la prohibición del último inciso del artículo 680.

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