Artículo 620
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si el fiador cobra retribución por haber prestado fianza, no puede pedir la aplicación de los números 4º y 5º del artículo precedente.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Si el fiador cobra retribución por haber prestado fianza, no puede pedir la aplicación de los números 4º y 5º del artículo precedente.