Artículo 62
Artículo derogado. Se conserva por su valor histórico; no está vigente. Las notas indican la norma derogatoria.
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(*)
Notas
Versiones de este artículo
(*)
Respecto a los comerciantes por menor (art. 3), no se entiende la obligación de hacer el balance general, sino cada tres años.
Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.