Artículo 1423
Código de Comercio · Aprobado por Ley N.º 817 de 1865
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La póliza debe enunciar, además de las circunstancias prescriptas por el artículo 645: 1. El tiempo que debe durar el viaje, si en la carta de porte hay
estipulación a ese respecto. 2. Si el viaje debe ser continuado sin interrupción. 3. El nombre del acarreador o del comisionista de transporte.