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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 954

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

CAPÍTULO VII - DE LAS CONDICIONES, PLAZOS Y OBJETO O FIN DE LAS DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS

Epígrafe según el texto original de la fuente.

Las disposiciones testamentarias a plazo incierto, esto es, para ejecutarse el día incierto en que se realice un hecho futuro necesario, como la muerte de una persona, son condicionales y envuelven la condición suspensiva de existir el heredero o legatario en ese día. (Artículo 1422). (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículos: 1422 y 1432.

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