Artículo 764
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La tradición simbólica, puede tener lugar:
1º.- Por la entrega de las llaves del almacén donde se encuentran las cosas muebles que se han de entregar.
2º.- Por la entrega que el vendedor o donante de una finca haga de sus llaves al comprador o donatario, después de haber sacado sus muebles.
3º.- Por la entrega de los títulos de la cosa. Si ésta es un inmueble, el tradente debe, además, dejarlo expedito, para que tome posesión el adquirente. (*)