Artículo 705
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Los modos de adquirir el dominio son la ocupación, la accesión, la tradición, la sucesión por causa de muerte y la prescripción.
Los títulos de adquirir sólo producen efecto personal, esto es, derecho a la cosa, <i>ad rem</i>.