Artículo 681
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El mero tenedor de la cosa que se reivindica, sólo es obligado a declarar el nombre y residencia de la persona a cuyo nombre la tiene.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El mero tenedor de la cosa que se reivindica, sólo es obligado a declarar el nombre y residencia de la persona a cuyo nombre la tiene.