Artículo 679
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El reivindicante es obligado a presentar la prueba de su propiedad.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
El reivindicante es obligado a presentar la prueba de su propiedad.