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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 600

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Para obligar al vecino a la compostura o reedificación, no es necesario que la pared medianera amenace ruina; basta que su estado sea tal que la refacción sea necesaria.

No estando de acuerdo los vecinos en cuanto a la necesidad de la refacción o reedificación, se nombrarán peritos.

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