Artículo 556
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las servidumbres legales tienen por objeto la utilidad general o de un pueblo o de los particulares.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las servidumbres legales tienen por objeto la utilidad general o de un pueblo o de los particulares.