Artículo 550
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Servidumbre predial, o simplemente servidumbre, es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño.
Se llama predio sirviente el que sufre el gravamen y predio dominante el que reporta la utilidad.
Con respecto al predio dominante la servidumbre se llama activa y con respecto al predio sirviente, pasiva.