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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 237

Artículo derogado. Se conserva por su valor histórico; no está vigente. Las notas indican la norma derogatoria.

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

SECCIÓN II - DEL RECONOCIMIENTO DE LOS HIJOS NATURALES Y DE LA INVESTIGACION DE LA FILIACION NATURAL

Epígrafe según el texto original de la fuente.

DEROGADO por Ley 16.603 de 19.10.94 (*)

Notas

  • Texto incluido por la Comisión Nacional, creada para la elaboración del Código Civil actualizado, por Ley Nº 15.821 de fecha 14 de agosto de 1986.

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