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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 2297

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La prenda confiere al acreedor el derecho de hacerse pago en la cosa dada en prenda, con preferencia a los demás acreedores en caso de concurso, con tal que medien las circunstancias requeridas en el Título <i>De la graduación de acreedores</i> la graduación de acreedores.

Pero entre acreedor y deudor o no tratándose de preferencia respecto de tercero, la prueba del contrato de prenda seguirá las reglas generales.

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