Artículo 1951
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Son bienes propios de los cónyuges, los que constituyen el capital de cada uno.
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Son bienes propios de los cónyuges, los que constituyen el capital de cada uno.