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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1702

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

En las transacciones, habrá lugar a la evicción o saneamiento respecto a las cosas no comprendidas en la cuestión sobre la cual se transigió; pero no en cuanto a los derechos litigiosos o dudosos que una de las partes reconoció a favor de la otra. (Artículo 2160). (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 2160.

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