Artículo 1659
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las donaciones entre esposos 1656 no pueden exceder de la medida fijada en el artículo 887. (*)
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Las donaciones entre esposos 1656 no pueden exceder de la medida fijada en el artículo 887. (*)