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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1417

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Cuando en la obligación se han puesto varias condiciones disyuntivamente, basta que una de ellas se cumpla para que la obligación sea eficaz; pero si las condiciones han sido puestas copulativamente, una sola que deje de cumplirse, la obligación queda sin efecto. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 1447.

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