Artículo 1407
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
La obligación es condicional, cuando se contrae bajo condición.
La condición es el suceso futuro e incierto, del cual se hace depender la fuerza jurídica de una obligación.
Un hecho presente o pasado, pero desconocido de las partes, puede ser objeto de una condición en el sentido de quedar subordinada la obligación a la prueba de la existencia de ese hecho. (*)