Artículo 1325
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
En cuanto a los posaderos, su responsabilidad se regirá por lo dispuesto acerca del <i>depósito necesario</i> en el Título XIII, Parte Segunda de este Libro.