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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1297

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

SECCIÓN IV - DE LA INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOS

Las palabras de los contratos deben entenderse en el sentido que les da el uso general, aunque el obligado pretenda que las ha entendido de otro modo.

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