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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1288

Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La obligación y por consiguiente el contrato que se funda en una causa falsa o ilícita, no puede tener efecto alguno.

La causa es ilícita cuando es prohibida por la ley o contraria a las buenas costumbres o al orden público.

Así, la promesa de dar algo en pago de una deuda que se creía existir, pero que no existe, tiene una causa falsa; y la promesa de dar algo en recompensa de un crimen o de un hecho inmoral se funda en una causa ilícita.

Habrá también causa ilícita cuando una de las partes prometiere dar algo a la otra por que cumpla con el deber que le impone de antemano la ley o la moral.

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