Artículo 1241
Código Civil · Aprobado por Ley N.º 16.603 de 1994
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
La interpelación hecha al deudor principal o su reconocimiento, interrumpe la prescripción contra el fiador. (Artículo 1192). (*)