Artículo 160
Código de Aguas · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.859 de 1978
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Declárase de utilidad pública la expropiación de los terrenos pantanosos o encharcadizos que fueren declarados insalubres por la autoridad sanitaria competente, para proceder a su desecación y saneamiento. Ello será sin perjuicio de lo establecido en el artículo siguiente. (*)