Artículo 67 · Régimen de aeropuertos
Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Régimen de aeropuertos).- Los aeropuertos estarán abiertos al uso público. Se clasificarán en categorías en base a las dimensiones, servicios y características de los mismos.