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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 65 · Clasificación

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Clasificación).- Los aeródromos, atendiendo al uso normal a que están destinados, se clasifican en públicos, privados y militares.

Son aeródromos públicos los destinados al uso general de la navegación aérea; privados, los destinados al uso privado de personas físicas o jurídicas y militares, aquellos destinados al uso de las Fuerzas Armadas de la República.

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