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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 47 · Preferencia

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Preferencia).- Los bienes afectados por este gravamen garantizarán al acreedor el importe del préstamo o saldo de precio, intereses, tributos y costos con el derecho de preferencia a que refiere el artículo 54. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 54.

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