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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 44 · Accesorios

Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Accesorios).- En la transferencia del dominio o en la constitución de derechos reales se entenderán siempre comprendidos todos los equipos, instalaciones y enseres que existan a bordo de la aeronave, salvo pacto expreso en contrario.

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