Artículo 192 · Sanciones
Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Sanciones).- Las infracciones a las normas de este código y su reglamentación, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar, serán sancionadas con:
1º Apercibimiento.
2º Multa.
3º Inhabilitación temporaria hasta diez años.
4º Cancelación de la concesión o autorización.
La reglamentación establecerá la sanción que corresponda a cada infracción y los límites dentro de los cuales la autoridad aeronáutica podrá graduarla. (*)