Artículo 180 · Pérdida del beneficio de la limitación de responsabilidad
Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Pérdida del beneficio de la limitación de responsabilidad).- El explotador o transportador no tendrá derecho a ampararse en las prescripciones de este Título que limitan su responsabilidad, cuando los daños y perjuicios provengan de su dolo, o culpa grave, o del dolo o culpa grave de personas bajo su dependencia, actuando en ejercicio de sus funciones. (*)